En Mayo del 2006, un grupo de activistas ecuatorianos por los derechos humanos, integrado por el abogado Raúl Moscoso y los biólogos Fernando Ponce, Patricio Asimbaña y Juan Guevara, presentaron una petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que este organismo conceda medidas cautelares a favor de los pueblo indígena Tagaeri y Taromenani, habitantes tradicionales del territorio comprendido entre los ríos Napo y Curaray, en el que también se encuentra el Parque Nacional Yasuní. La razón para tal solicitud fue el constante hostigamiento del que los citados pueblos nativos, son objeto por parte de las empresas petroleras y grupos madereros ilegales, que incursionan con frecuencia las áreas de subsistencia de los grupos indicados.
Como es suficientemente conocido, los Tagaeri y Taromenani son dos grupos o clanes pertenecientes a la nacionalidad Huaoraní, que rechazan cualquier contacto con grupos externos. Últimamente se ha dado en denominar a este tipo de pueblos, “grupos en aislamiento voluntario”, de los que existen aun muchos en el mundo, particularmente en América Latina. Otra característica de los Tagaeri y Taromenani, es la adopción cultural de la violencia en contra de extraños, como una forma de identidad. Es por esta razón que estos grupos han protagonizado enfrentamientos sanguinarios con un número aún indeterminado de muertos, tanto de invasores, como de indígenas, que han caído en enfrentamientos fratricidas.
Las incursiones petroleras, madereras y colonizatorias al territorio del pueblo Huaoraní, en particular del de los Tagaeri y Taromenani, distorsiona enormemente la convivencia de los clanes, las estructuras familiares, la caza, pesca y recolección de alimentos en la selva; y, en general las costumbres de estos indígenas. Con frecuencia, las actividades de desarrollo que se asientan en su territorio, cortan las redes de abastecimiento de alimentos de la que los Huaoraní subsisten. Estas redes están formadas por parcelas o huertos esparcidos en todo el territorio, que son aprovechados en base a una rotación culturalmente determinada, que permite la recuperación periódica de esos cultivos. Es decir, los Huaoraní no vagan en la selva al azar, como se creería, sino que rotan con sus asentamientos, de acuerdo al proceso de regeneración natural que sus diferentes huertos experimentan a través de los años. Este plan de rotación es aplicada desde hace centurias. Sin embargo, los extraños, en particular los petroleros, madereros y los colonos, no pueden “ver” los huertos que los Huaoraní han desarrollado desde hace décadas o siglos, porque los cultivos que allí existen, se regeneran naturalmente y quedan “invisibles” para quienes no pertenecen a la cultura de dicho pueblo indígena. Estos lugares de abastecimiento de los indígenas, es generalmente destruido o bloqueado por las obras de infraestructura que se construyen en su territorio. Además, la necesidad de intimidad cultural hace que muchos de esos huertos sean abandonados por la sola cercanía de campamentos petroleros.
La ruptura de las áreas de las que los indígenas obtienen su sustento, así como los otros impactos sociales y ecológicos que ocasionan la actividad petrolera y otras que paralelamente se desarrollan, ocasionan una vulnerabilización sostenida de los indígenas, lo cual puede acarrear su colapso cultural y exterminio físico.
Por las razones indicadas, Raúl Moscoso, Fernando Ponce, Patricio Asimbaña y Juan Guevara, solicitaron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, otorgue medidas cautelares a favor de los Huaoraní - Tagaeri y Taromenani, a fin de que se impida la incursión de extraños en el territorio indígena tradicional y así se garantice la continuidad cultural y física de este milenario pueblo.