Derecho Ecuador sudamerica politicoambiental
Menú Vulnerabilidad Social y Riesgo
Menú Vulnerabilidad Social y Riesgo
Judicatura Jueces Derecho Justicia
Portada
Abogados
Otros Profesionales
Foro Derecho Socio-Ambiental
Contáctenos
Consorcio para el
Derecho Socio-Ambiental
Derechos Humanos y Ambientales
Selva Amazónica Ecuador Sudamérica Ecuador
AMNISTÍA GENERAL A LAS VÍCTIMAS DE LA PERSECUSIÓN DERIVADA DE LOS HECHOS DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 EN EL REGIMIENTO QUITO


Fundamentación al pedido de Amnistía General, realizado por el Asambleísta César Carrión
Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito

1

4


8


11



Contentenido

Antecedentes Generales

Fabricación de una situación de violencia

Persecución política y evidencias de falsedad del 30-S

Necesidad de restituir la credibilidad y dignidad del Estado Ecuatoriano
30 S Condenados con base a video y a peritaje irregular
30 S Ecuador Adulteración de videos y presentación de testigos falsos
30 S Violación al debido proceso y a la inmunidad parlamentaria
Ley de Seguridad Pública y del Estado Ecuador
EMail
Envienos EMail
Otros temas:

30 DE SEPTIEMBRE
Persecucion e Impunidad
La caceria gubernamental para esconder la verdad y los crimenes del 30 Septiembre 2010
                                            por Clever Jimenez
Legislacion ambiental leyes constitucion
Antecedentes Generales

El 30 de septiembre de 2010, personal policial del Regimiento de Policía Quito No. 1, de la ciudad de Quito, realizó una protesta por un reclamo laboral vinculado a una ley que consideraron les afectaba a sus derechos. Por razones que aún necesitan ser aclaradas, el entonces Presidente de la República Rafael Correa, acudió de manera inesperada a pretender controlar esa protesta, sin el masivo cordón de seguridad que ha sido habitual en él. El tono airado y de confrontación 1 con el que actuó el entonces mandatario, exacerbó aún más el ánimo ya de por sí exaltado de los policías, quienes lo recibieron con chiflas que desencadenaron posteriormente en agresiones verbales y físicas.

En un intento por evacuar al dignatario referido del recinto policial, éste fue conducido hacia el helipuerto, sin embargo, la muchedumbre que avanzaba en su torno impidió que
Menú Vulnerabilidad Social y Riesgo
Menú Vulnerabilidad Social y Riesgo
Persecucion e Impunidad La caceria gubernamental para esconder la verdad y los crimenes del 30 Septiembre 2010 Clever Jimenez
Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
César Carrión M.
Nota:
1  El hecho que más grafica este tono es el descontrolado pedido de “mátenme si quieren” que realizó simultáneamente al ademán de rasgarse con frenesí el cuello de su camisa y la corbata. Este ademán fue realizado al menos en tres ocasiones en esa mañana, lo cual podría colegirse como un gesto deliberado y preparado, para infundir temor. (Entrevista a Crnel. Mario Pazmiño, Ex – Director de Inteligencia Militar).
Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
aterrizara el helicóptero con el que se lo pensaba evacuar, por lo cual él y sus ayudantes se dirigieron hacia la puerta de evacuación que conecta a Regimiento con el Hospital Quito No. 1 de la Policía Nacional, con el fin de lograr alivio a la situación dificultosa que atravesaba. En el citado Hospital, el entonces mandatario y su personal de seguridad fue conducido a la sección de Emergencias y luego subido al tercer piso en donde se lo alojó en una habitación para ser atendido en primeros auxilios. Allí el Presidente permaneció alrededor de diez horas, junto a algunos funcionarios públicos y a su guardia de seguridad.

Debido al clima de agitación que se generó por el incidente relatado, en las inmediaciones de la citada edificación hospitalaria, se mantenían algunos elementos de tropa de la Policía Nacional que habían protagonizado la protesta, así como personas civiles que por curiosidad o apoyo a los insubordinados o al gobierno, se mantenían en los alrededores. Sin embargo de los esporádicos enfrentamientos entre los policías y algunos partidarios del Gobierno, la seguridad interna del edificio del Hospital fue respetada durante todo el tiempo en que éste se mantuvo en su interior.  Además, a partir de las 18h:40 ingresó al lugar el Grupo de Operaciones Especiales, GOE, grupo táctico de la Policía Nacional, que no tomó parte en la protesta. Así, los incidentes que ocurrieron en las vías cercanas a la edificación no constituyeron factor de peligro para la seguridad del Presidente, por lo que él habría podido salir en cualquier momento, una vez dada el alta médica, con un operativo razonable de seguridad montado por el personal del GOE a su cuidado 2.

Según lo evidenciaron varias declaraciones de funcionarios gubernamentales que visitaron al Presidente durante todo el tiempo de su permanencia en el Hospital, la situación de este mandatario era buena y en condiciones de seguridad 3.  Tal era la confianza de la situación en la que se encontraba durante su permanencia en el Hospital, que allí el entonces Presidente Correa, pudo actuar con total libertad, realizando algunas acciones administrativas propias de su cargo, como impartir órdenes, dictar al menos un decreto ejecutivo, comunicarse con personal del gobierno, ordenar la realización de una cadena nacional de radio y televisión; decretar el estado de excepción; e incluso, dio declaraciones periodísticas a medios informativos nacionales e internacionales, lo cual es de conocimiento público 4.

El control que el Presidente tenía sobre la situación reinante en esos momentos y su libertad de actuación, mientras se encontraba en el Hospital, son corroborados por las visitas que varios funcionarios públicos le realizaron, así como de declaraciones, incluidas del mismo mandatario 5.  Existe evidencia de que pudieron ingresar y salir del
Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
2 A las 14h:23, del día en referencia, el abogado Alexis Mera, Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, expresó en el enlace de radio y televisión que el Gobierno ordenó ese día, que: “el Presidente va a venir a Carondelet [sede de la Presidencia de la República],  en este momento está bajo cuidado médico (...)”
3  Por ejemplo, a las 16h:11 del día referido, la Ministra Coordinadora de la Política, señora Doris Soliz, quien señaló: “Nuestro Presidente está bien, hemos hablado los ministros..” Diario El Universo, Ídem.
4  Por ejemplo, la estación Telesur entrevistó al mandatario por casi  10 minutos, mientras éste se encontraba en el interior del Hospital.
5  como es el caso del Ministro de Turismo del Ecuador, Freddy Ehlers quién a las 18h:03 del día en cuestión, mencionó que ha hablado con el Ministro del Interior, Gustavo Jalkh y que éste le ha dicho que el Presidente está en buen estado de ánimo y que está “comandando la nación. Desde el lugar donde se encuentra, él está disponiendo todo lo que se debe hacer y actuar...”.  Esta puntualización del Ministro de Estado citado, es confirmada por el propio Presidente de la República, quien pocos minutos más tarde, a través de la misma señal y mediante una llamada telefónica, expresa lo siguiente: “Lo escuchaba a Freddy (Elhers) decir que el Presidente está gobernando la nación desde el hospital, y tiene razón Freddy. Todo el día he estado en contacto con todos los sectores de la patria...”. Diario El Universo, domingo 17 de octubre de 2010, .-
http://www.eluniverso.com/2010/10/17/1/1355/seis-horas-pais-recibio-solo-version-oficial.html
Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
Hospital, al menos, tres ministros 6 y tres asambleístas 7 del partido político del Presidente, incluida la Presidenta encargada de esa Función del Estado.  Esto demuestra la situación de relativa calma que se vivió durante las horas del día, que solo fue alterada con la actuación del ejército, lo cual ocurrió a partir de las 20h:30 del día de los hechos aquí narrados cuando se iniciaron las acciones de violencia que cegaron la vida a cuatro personas 8.

Una vez concluida la crisis, la versión del gobierno nacional sobre los hechos ocurridos fue de que se trató de un intento de golpe de estado, de magnicidio y, aún, de secuestro al Presidente de la Republica. Esto resulta contradictorio con declaraciones que funcionarios gubernamentales dieron durante ese mismo día, como el Secretario General de la Administración Pública, Vinicio Alvarado, quién a las 15h:20 dijo a la estación pública “Ecuador TV”, “que no hay un estado de conmoción social, sino que todo se trata de una demanda puntual de un grupo de la Policía de forma abusiva” 9.    Incluso, a las 17h:30 del día de los hechos, en una entrevista radial, el ex Presidente Correa manifestó:

“Yo estoy en el Hospital de la Policía porque yo vine el Regimiento Quito a tratar de ver qué pasaba. Traté de conversar con la gente... había una agresividad terrible, pero muy poca gente... y cuando intenté retirarme se trató de evitar que salga... Todavía no acaba el suero... me encuentro recuperándome en el hospital policial para después regresar a Carondelet...”.

Esta declaración, realizada con total libertad desde el centro de salud en el que se encontraba el Presidente, demuestra que este dignatario se mantenía en ese lugar recuperándose, es decir, hubo en todo momento un control de la situación. Solamente a las 18h:09 de ese día, el ex mandatario introdujo en su versión de los hechos, de manera imprecisa e inopinada, la idea de “secuestro”, cuando un periodista le pregunta: “¿Usted se siente secuestrado por estos insurrectos?”, el ex Presidente Correa respondió:

“Por supuesto. En realidad las primeras horas no podía (salir) porque tenía suero y me estaban tratando la pierna, pero hace unas horas estoy listo para salir y no he podido porque no han despejado la salida.”

Aunque en esta entrevista se pregunta al mandatario si se siente secuestrado y la respuesta es afirmativa, sin embargo, inmediatamente el Presidente precisa que se trata de una situación de impedimento de salir del edificio del Hospital, debido a que la gente presente en los alrededores no “despejaba” la vía de salida, más no debido a que algún grupo armado le mantenía en calidad de rehén o situación parecida.  Si eso habría sido
Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
6  Ingresaron, al menos, los siguientes ministros: Gustavo Jalkh, Ministro del Interior, con su Edecán y su equipo de seguridad, Ricardo Patiño, Canciller; y, Richard Espinoza Guzmán, Ministro de Relaciones Laborales.
7  Ingresaron, los siguientes asambleístas: César Rodríguez, Gabriel Rivera e Irina Cabezas, esta última, Vicepresidenta de la Asamblea Nacional.
8  Una quinta persona fue asesinada en otro lugar de la ciudad.
9  Diario El Universo, ídem.

Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
cierto no habría podido ni siquiera dar esas declaraciones y menos aún pudo haber firmado decretos ejecutivos; o hablado con el Secretario de la OEA, conversado con el Presidente venezolano Hugo Chávez e incluso ordenar a las Fuerzas Armadas, FFAA, que lo rescaten.

Fabricación de una situación de violencia

Como ha sido señalado, las mismas declaraciones de altos funcionarios gubernamentales durante el 30 de septiembre de 2010, evidencian que el Presidente de la República durante su estadía en el hospital de la Policía, se mantuvo con un razonable margen de seguridad. Esto le permitió al mandatario realizar actividades oficiales que habrían sido imposibles si su seguridad se habría puesto en riesgo. No obstante, el aspecto central de los  hechos durante ese 30 de septiembre, fue la realización de tres operativos de evacuación ordenados de manera descoordinada, por tres autoridades diferentes. Estos operativos fueron realizados por: i) Grupo de Operaciones Especiales, GOE, ordenado por el entonces ministro del Interior, Gustavo Jalkh, transmitida a través de su edecán; ii) Grupo de Intervención y Rescate, GIR, ordenado por el entonces inspector general de la Policía, Euclides Mantilla; y, iii) Fuerzas Armadas, ordenado por el mismo Presidente de la República, transmitido a través del entonces ministro de Defensa, Javier Ponce, y del entonces Jefe del Comando Conjunto, Ernesto González.

El primer grupo que ingresó al edificio del Hospital fue el GOE, a las 18h:40 y pocos minutos más tarde llegó la Presidenta encargada de la Asamblea Nacional, Irina Cabezas, con protección del mismo GOE. Casi dos hora más tarde, se presentó en el lugar el GIR y pocos minutos después las FFAA. Estos dos últimos grupos tuvieron dificultades en ingresar al Hospital, lo cual solo ocurrió luego de discusiones acaloradas, forcejeos con quienes ya se encontraban custodiando al Presidente, es decir el GOE. Incluso existe evidencia de intercambios de disparos entre el GIR y las FFAA en los exteriores del hospital. Todo esto ocurrió por una imprudente descoordinación e incomunicación de esos operativos.

El informe de las FFAA sobre su operativo señala que “elementos del GIR y del GOE, que se encontraban en el interior del hospital minutos antes del ingreso de la unidad de rescate GEO (Grupo Especial de Operaciones de las FF.AA.), estuvieron disparando en contra del personal militar”. De su parte, el GOE en su informe señala que los militares ingresaron al Hospital disparando en contra de los policías. Estas aseveraciones revelan el caótico manejo de la evacuación al Presidente de la República, que como se apreciará adelante, de haber sido convocada solo una de las unidades tácticas, no habrían ocurrido las muertes y heridas a personas que sucedieron esa noche 10.

No obstante el violento ingreso del GIR y FFAA, en algún momento los tres grupos lograron ponerse de acuerdo, al menos al interior del Hospital, para sacar al jefe de Estado de la habitación 302 en la que se encontraba y llevarlo a la sala de Neonatología y luego a la puerta de Emergencias.  En este lugar se encontraba un vehículo de la Vicepresidenta de la Asamblea Nacional, en el que se lo embarcó al mandatario para sacarlo del Hospital y llevarlo al Palacio de Carondelet. Debe indicarse que las cuatro muertes que ocurrieron en las inmediaciones del Hospital de la Policía, fueron a partir de la llegada del GIR y de las FFAA, esto es poco después de las 8h30pm, que es
Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
10 Real, Byron, “Ese 30. El día en el que se construyó un caos”. Manuscrito.
Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
cuando mataron al estudiante Juan Pablo Bolaños.

La salida del vehículo de la Asamblea Nacional  con el mandatario en su interior, se realizó con protección de personal del GIR con escudos antibalas, siendo uno de ellos el policía Froilán Jiménez, del GIR, quien pocos minutos después cayera asesinado al salir el auto a la Av. Mariana de Jesús. Esta muerte, que solamente se encuentra siendo investigada en los últimos meses debido al férreo control que Rafael Correa impuso sobre jueces y fiscales, también fue producto de las dos adicionales, imprudentes e innecesarias órdenes de evacuación que se dieron.

Los tres informes de evacuación, que fueron mantenidos en reserva más de un año después de ocurridos los hechos, muestran que los operativos a más de descoordinados, se los realizó bajo premisas falsas. Asumían que el Presidente se encontraba en peligro y que había que rescatarlo, lo cual fue contrario a la verdad, como evidencian las visitas de funcionarios públicos que el mandatario recibió durante su estadía, incluida la Presidenta encargada de la Asamblea Nacional que ingresó al Hospital a alrededor de las 18h40pm 11.  Un ejemplo de los errores o falsedades en la información base con la que se realizó la Operación Rescate de las FFAA, se aprecia en la página 5 de su Informe, en donde se indica que este grupo operativo avanzaba en lo interior del Hospital “obligando a rendirse” al personal del GOE y del GIR, que según ellos se encontraba insurrecto.  Es más indican que luego de obligar a rendirse a esas unidades, llegan al lugar en donde se encontraba secuestrado el Presidente, quien al confirmar la presencia de las FFAA, “aceptó salir”. 12 Si esto fuere cierto, ¿por qué ingresó al Hospital la Presidenta encargada de la Asamblea Nacional si allí había un secuestro? Ella estuvo junto al Presidente desde las 18h40, hasta aproximadamente las 20h:30, cuando él aceptó salir, lo cual significaría que bien ella fue parte de los secuestrados o de los secuestradores. Además, ¿por qué el Ministro del Interior habría de convocar a una unidad insurrecta, para que apoye en la seguridad presidencial.?

Otras preguntas que surgen aquí son sobre por qué ni el Presidente de la República ni ningún otra autoridad, informó a los otros grupos, que el personal del GOE, que había llegado a las 18h:40, mantenía ya el control del área sin incidencia alguna. Igualmente la información que se dio a cada grupo para que realicen su misión, genera dudas. En el caso de las FFAA se les informó que había una insubordinación, un secuestro y que corría peligro la vida del Presidente. De haber sido cierto todo esto, ¿por qué ninguna autoridad convocó al Consejo de Seguridad Pública y del Estado, COSEPE? (ver recuadro). Finalmente, surge la pregunta de por qué en el Informe de las FFAA, se indica en su página 5 que obligaron a rendirse al personal del GOE y del GIR y que al llegar al lugar en donde se encontraba secuestrado el Presidente este “aceptó salir” solo al confirmar la presencia de las FFAA. Esto no concuerda con los hechos, pues el Presidente salió en un auto acordonado por personal del GIR, uno de los cuales fue asesinado.

Esta descoordinación, que ocasionó fricciones entre los tres grupos, evidencia que cada uno de ellos pugnaba por ser el que lideraba el operativo para sacar al Presidente y, que este al ordenar que las FFAA vayan a rescatarle, lejos de mejorar la situación que ya era de calma cuando el GOE se encontraba custodiándole, la empeoró y generó el caos.
Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
11  Real, op. cit.
12  Ver Informe de la Operación Rescate, de las FFAA.

Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
Por otro lado, es de resaltar que las órdenes de evacuación, y particularmente la de las FFAA, se ejecutó sin agotar procedimiento alguno que permitiera al Presidente salir sin violencia y sin que, previamente, fueran evacuados los enfermos y otras personas internas, el personal médico y administrativo del Hospital 13 y los comunicadores y periodistas que cubrían los hechos desde el interior del mismo.

Esta descoordinación de operativos armados, que fue la causa de que se produjeran las muertes y agresiones que ocurrieron esa noche en las inmediaciones del Hospital de la Policía, se debió a que ni el ex Presidente Correa ni otro funcionario, convocaron a organismo de seguridad alguno. De acuerdo con la Ley de Seguridad Pública y del Estado, correspondía al Consejo de Seguridad Pública y del Estado, COSEPE, recomendar al Presidente la adopción de medidas de intervención en casos de amenazas que afecten la integridad del Estado. 14 Además, era obligación del Ministro de Coordinador de Seguridad, la coordinación con la Secretaría Nacional de Inteligencia, para disponer de información estratégica, para ponerla en conocimiento del Presidente de la República; 15 y, sugerir al Presidente convocar al COSEPE, cuando la situación lo amerite.

De manera inexplicable el COSEPE no fue convocado por autoridad alguna del Estado, pese a que, de acuerdo con la narrativa oficial el Presidente de la República y el mismo gobierno, se encontraban en peligro. Esto demuestra que la tesis de intento de magnicidio y de golpe de Estado, y de secuestro al Presidente, fueron elaboradas como una forma de, por un lado, eludir las responsabilidades políticas y penales que se desprendían de la ocurrencia de cuatro asesinatos y agresiones físicas y heridas de arma de fuego a centenas de personas entre civiles y militares y policías que intervinieron o se encontraban en el lugar de los hechos; y, por otro, promover la imagen del Presidente y del gobierno.

Más grave aún, es el hecho de que en el Hospital al momento del primer operativo de protección, realizado por el GOE, pocos minutos más tarde ingresó también la entonces presidenta encargada de la Asamblea Nacional. ¿Por qué esta funcionaria habría ingresado a lugar en donde se encontraba el Presidente de la República si este supuestamente se encontraba secuestrado o su vida corría peligro? Todo esto solo evidencia que el gobierno necesitaba tener una tesis tremendista de los hechos (secuestro, intento de magnicidio y de golpe de estado), para así lograr el múltiple efecto de generar propaganda heroica en su favor, justificar la criminal negligencia e imprudencia que condujo a los hechos de sangre ocurridos; y, golpear a la oposición política. Para ello necesitaba enjuiciar a policías y ciudadanos con el fin de crear culpables de esos delitos inventados.

En resumen en el 30-S existen responsables políticos y penales que se han pasado ocho años encubiertos por la complicidad que los fiscales Galo Chiriboga y Carlos Baca Mancheno tuvieron con el régimen y asegurados por el control que este tuvo de todo el sistema judicial. El centro de esta responsabilidad recae en el hoy ex Presidente Rafael Correa Delgado, quien pidió innecesariamente auxilio a las FFAA, con informaciones falsas sobre la situación en el Hospital. Igualmente el Comandante de las FFAA tiene responsabilidad al no haber ordenado la más mínima acción de inteligencia, para confirmar que lo que el Presidente le manifestaba era verdad. Si se toma en cuenta que la orden fue impartida a alrededor del mediodía, existía tiempo suficiente para realizar averiguaciones de todo tipo. Tan fácil fue realizar simples verificaciones que habrían evitado los asesinatos de ese día, que incluso la Presidenta de la Asamblea Nacional, pudo hacerlas por su cuenta y visitarle a su amigo y coideario desde las 18h:40 en la habitación del Hospital en la que se encontraba. De haber habido peligro, esa funcionaria jamás se habría apersonado en ese lugar.

En resumen, sea por error, negligencia o intencionalidad política para fortalecer la imagen heroica con la que se quiso dotar al ex Presidente Correa, los hechos criminales del 30-S, no fueron los de secuestro, intento de magnicidio ni de golpe de Estado, sino los de convocar de manera inapropiada, negligente y, posiblemente, fraudulenta a un operativo que generó caos.
Ley de Seguridad Pública y del Estado

Art.  6.-  Del Consejo de Seguridad Pública y del Estado.-  El Consejo de Seguridad Pública y del Estado, estará conformado por:

1. Presidente o Presidenta Constitucional de la
   República, quien lo presidirá;
2. Vicepresidente o Vicepresidenta Constitucional de
   la República;
3. Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional;
4. Presidente o Presidenta de la Corte Nacional de
   Justicia;
5. Ministro o Ministra de Coordinación de Seguridad;
6. Ministro o Ministra de Defensa Nacional;
7. Ministro o Ministra de Gobierno, Policía y Cultos;
8. Ministro o Ministra de Relaciones Exteriores;
9. Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas
   Armadas;
10. Comandante General de la Policía.

Podrán además participar representantes de entidades públicas, y, representantes de entidades de la sociedad, ciudadanos y ciudadanas que la Presidenta o Presidente de la República considere necesario convocar.

El Secretario del Consejo será el Ministro o Ministra de Coordinación de Seguridad o quien haga sus veces.

El Consejo de Seguridad Pública y del Estado se reunirá cuando lo convoque el Presidente.

Art.  7.-  De las funciones del Consejo de Seguridad Pública y del Estado.- El Consejo de Seguridad Pública y del Estado, tendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar y recomendar al Presidente o Presidenta de la República sobre las políticas, planes y estrategias de Estado, y sobre sus procedimientos, en materia de seguridad pública; y,

b) Recomendar al Presidente o Presidenta de la República la adopción de medidas de prevención e intervención en casos de acontecimientos graves o amenazas que afecten o puedan afectar la integridad de los habitantes y del Estado.

Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
13  Este operativo en los alrededores y al interior del Hospital de la Policía, por parte del personal militar que fue llamado por el Presidente de la República, ocasionó un elevado temor y angustia en todos los internos del hospital, en donde se encontraban 49 pacientes en la sección de Emergencia; más 95 hospitalizados, con un total de 144 pacientes internos, y aproximadamente 150 personas del personal de turno entre médicos, enfermeras, personal administrativo y de mantenimiento del hospital. Los destrozos a puertas y mamparas del hospital policial, la profusa utilización de bombas lacrimógenas y la balacera que ocurrió durante el ataque, generó pánico entre los pacientes, muchos de los cuales no podían valerse por sí mismos dado su estado de salud o su edad.
14  Ver: art. 7 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado
15  Ver: art. 10, lit. f) de la Ley de Seguridad Pública y del Estado


Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
Persecución política y evidencias de falsedad del 30-S

Desde el día siguiente de ocurridos los hechos del 30 de septiembre de 2010, el gobierno de Rafael Correa inició un proceso sistemático de fabricación de un guion propagandístico con fines múltiples, siendo los más visibles los siguientes: i) glorificar la figura presidencial y consolidar al régimen; ii) justificar la agresión política y jurídica a los opositores; iii) ocultar la verdad de lo ocurrido ese día; y, iv) construir las condiciones políticas para controlar la Función Judicial. 16 Los vehículos conceptuales para canalizar estos objetivos políticos fueron forjar los delitos de intento de golpe de Estado, con secuestro e intento de magnicidio en contra del Presidente. Todo esto fue encapsulado bajo el numerónimo de “30-S”, que fue incluso registrado como propiedad intelectual por parte del partido político al que pertenecía el Presidente Correa.

Para que los objetivos señalados puedan alcanzarse sin obstáculos, el primer paso fue borrar todas las huellas sobre la Av. Mariana de Jesús pocas horas después de ocurrido el asalto 17 así se impidió que se tomen evidencias criminalísticas, que permitan reconstruir los hechos y determinar responsabilidades en los hechos de sangre ocurridos. Es altamente significativo que en septiembre de 2018, ocho años después de ocurridos los hechos, se realizó una nueva reconstrucción de lo sucedido el 30 de septiembre de 2010, por parte de la Fiscalía General del Estado, específicamente para investigar la muerte del Cabo  Segundo de Policía Froilán Jiménez. 18 Debido al total control del aparato de justicia durante el mandato de Rafael Correa, fue imposible que esta diligencia imprescindible para una investigación judicial independiente, ocurriera. Borradas dichas huellas del ataque al Hospital de la Policía, el gobierno emprendió un proceso de enjuiciamientos penales a policías, militares y ciudadanos en general, con el fin de dar cuerpo a la idea forjada de que ocurrió un intento de golpe de Estado y de secuestro e intento de magnicidio en contra del Presidente. De manera paralela, se impidió toda denuncia de víctimas del 30-S, obstaculizándolas en la Fiscalía.

El primer aspecto que el gobierno buscó controlar, fue el de las voces críticas, que negaban que haya ocurrido un intento de golpe de Estado, secuestro o magnicidio. Una reseña de dos de los casos más representativos de la persecución política, permiten observar como el gobierno forjó pruebas, alteró videos violó reglas procesales y amenazó a jueces para lograr sus objetivos.

Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
16  Real, op. cit.
17  Es de público conocimiento que a la madrugada del día 1 de agosto de 2010, personal de limpieza del Municipio lavó con agua las calles que rodean al Regimiento Quito y Hospital de la Policía, en donde se produjo el ataque militar y fueron asesinadas las cinco personas el día anterior.
Ver: Diario El Telégrafo: https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/judicial/12/inicia-juicio-por-perdida-de-evidencia-en-caso-30s
18  Ver: Diario La Hora, 20 septiembre, 2018, “Reconstrucción del 30-S se dio con siete oficiales del GEO” https://www.lahora.com.ec/noticia/1102187437/reconstruccion-del-30-s-se-dio-con-siete-oficiales-del-geo-

Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
Adulteración de videos y presentación de testigos falsos 19

El coronel de Policía César Carrión, fue enjuiciado solamente porque en una entrevista aseveró que durante la estadía de Rafael Correa en el Hospital de la Policía Nacional, nunca vio a alguien que estuviera con un arma y menos que lo apunte, lo cual se sugería que no estuvo secuestrado. Por estas declaraciones Carrión fue encarcelado y acusado de conspirador primero y luego de intento de magnicidio. Como Ministro de Justicia y Derechos Humanos, José Serrano realizó la denuncia, presentando testigos falsos 20 y un video adulterado 21 como pruebas. Esto hizo imposible que los jueces condenen a Carrión, quien fue absuelto en todas las instancias.  Además, Serrano visitó en tono intimidatorio al presidente del Tribunal y amenazó públicamente a los jueces 22, quienes fueron destituidos cuando no condenaron a Carrión, como el citado ministro sugirió hacerlo. 23

Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
19  Ver: Byron Real y César Montúfar: Cuando el gobierno es parte procesal: Los Derechos Humanos y el 30 S. En: Horizonte de los derechos humanos Ecuador 2014-2016. Universidad Andina Simón Bolívar. Quito 2018.
20  Además de incurrir en inconsistencias, todos esos testigos fueron funcionarios públicos, dependientes del Poder Ejecutivo. Ver: Expediente 37-2011 (Tribunal Quinto de Garantías Penales de Pichincha).
21  Ver: Tribunal Quinto de Garantías Penales de Pichincha, Expediente 37-2011.
22  Ver: Oficio No. 96 - 2011-CMAN, de25 de mayo de 2011, y trámite No. 6 9207 de la Asamblea Nacional, sobre la solicitud  de enjuiciamiento político contra José Serrano, Ministro del Interior.  Comisión Especializada de Fiscalización y Control Político de la Asamblea Nacional.
23  Ver: “Jueces que absolvieron a Carrión son destituidos”. El Universo (Guayaquil), 18 de abril del 2012. ‹http://www.eluniverso.com/2012/04/18/1/1355/jueces-absolvieron-carrion-son-destituidos.html›
Ver: ‘Somos el ejemplo: Quien no obedece es destituido por más que actúe en derecho’. El Universo (Guayaquil), 18 de junio del 2012. ‹http://www.eluniverso.com/2012/06/18/1/1355/somos-ejemplo-quien-obedece-destituido-mas-actue-derecho.html›
24  Ver: Byron Real y César Montúfar: La fiscalización y el control político al filo del vacío. La anulación de la inmunidad parlamentaria en el Ecuador. En: Jiménez, Clever: 30 de septiembre: persecución e impunidad. La cacería gubernamental para esconder la verdad y los crímenes del 30 de septiembre de 2010. Quito, Arcoiris, Editores.
25  Ver: Oficio No. 253-CJ-AN del 4 de agosto del 2011, enviado por los señores Cléver Jiménez, Carlos Figueroa, Fernando Villavicencio y Ramiro Román, al Dr. Galo Chiriboga, Fiscal General de la Nación.
26  Ver: Disposición del primer artículo innumerado a continuación del art. 39 del Código de Procedimiento Penal, vigente al momento del proceso.
27  Ver: Art. 494 del Código Penal vigente al momento del proceso.
28  Ver: Constitución de la República del Ecuador [2008] tít. IV, “Participación y Organización del Poder”, cap. segundo, “Función Legislativa ” art. 128; y Ecuador, Asamblea Nacional, “Ley Orgánica de la Función Legislativa” Art. 111
29  Ver: artículos 111 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y 128 de la Constitución.

Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
Violación al debido proceso y a la inmunidad parlamentaria 24

El legislador Clever Jiménez y los ciudadanos Carlos Figueroa y Fernando Villavicencio, denunciaron al Presidente Rafael Correa, por alteración del orden constitucional, muerte de cinco personas y crímenes de lesa humanidad 25 cometidos durante los hechos del 30 de septiembre de 2010. El Fiscal que conoció el caso, quien habiendo sido abogado del denunciado no se excusó pese a existir conflicto de intereses, pidió el archivo definitivo de la denuncia antes del tiempo establecido en la ley 26 y declaró maliciosa y temeraria la denuncia, sin que esto hubiese sido probadas en juicio. 27 Por otro lado, se incurrió en repetidas faltas procesales como la omisión de solicitar la autorización de enjuiciamiento por parte de la Asamblea Nacional 28, pues Jiménez, uno de los procesados, era Asambleísta y, por tanto gozaba de inmunidad 29. No obstante esas violaciones al debido proceso, los tres denunciantes fueron sentenciados a prisión y se les obligó a reparar económicamente a Rafael Correa.

El gobierno logró su objetivo de condenar al Asambleísta Jiménez y a los activistas sociales Villavicencio y Figueroa, quienes negaban que hubo golpe de Estado y más bien acusaron de varios delitos al propio Presidente de la República. pero fracasó en su objetivo de tener un “chivo expiatorio” que materialice la culpabilidad del intento de magnicidio. Por esto, el régimen acusó a cinco jóvenes policías, de ese delito, cuatro años después de ocurrido el 30-S
Condenados con base a video y a peritaje irregular

Otro de los montajes gubernamentales para pretender sostener el 30-S, fue el enjuiciamiento y sentencia a 12 años de prisión de los policías Marcelo Bonifaz, Eduardo Mullo, Luis Guanotasig, Jesús Jetacama y Geovanny Lasso, por tentativa de magnicidio. Estos policías han sido condenados sin pruebas creíbles, pues ninguno de ellos se encontraba en un lugar y posición como para atentar contra la vida del mandatario.  En el caso del  policía Marcelo Bonifaz incluso ha probado que él ese día se encontraba a varios kilómetros del lugar en donde ocurrió el supuesto hecho delictivo. La única prueba que ha exhibido el fiscal que lo acusó es un video en el que aparece un rostro que se lo comparó con una fotografía suya tomada de su cuenta de la red social “Facebook”, con la que habría algún parecido. Este caso fue iniciado recién cuatro años después de los hechos del 30-S y evidencian la necesidad del régimen de contar con “culpable” que permita sostener su tesis de intento de golpe de golpe de Estado y de magnicidio, así como de secuestro al Presidente. Dada la fragilidad de la única prueba existente, el acusado, señala que el Fiscal que lo acusó, le habría presionado para que se declare culpable del delito y así recibiría la mínima pena, pero si continuaba negando su culpabilidad, se le daría una sentencia con la máxima sanción, lo cual a la final ocurrió, siendo sentenciado él y sus cuatro compañeros, a 12 años de prisión. Una vez sentenciado, el entonces Ministro del Interior, José Serrano, junto a abogados de la Presidencia, le habrían ofrecido el indulto pero siempre que firmare un documento en el cual pedía perdón al Presidente de la República y, además aceptara que todo el hecho del que se le acusa, habría sido tramado por ciertos actores políticos de oposición.

Al momento, estos cinco policías se encuentran cumpliendo sentencia de 12 años en la Cárcel No. 4 de la ciudad de Quito.  Marcelo Bonifaz ha solicitado desde hace varios meses que se fije fecha para que se celebre la audiencia de revisión de sentencia, la cual es negada injustificadamente por los jueces que conocen el caso.

Los procesos judiciales reseñados, son solo los ejemplos más destacados de como el régimen de Rafael Correa utilizó su fuerza política y su control del aparato judicial para reprimir. Existen centenares de procesos judiciales y administrativos e investigaciones penales, generados sobre la tesis falsa del 30-S, y en la que se ha acusado de rebelión, terrorismo, suspensión de servicios públicos, entre otros, a policías, soldados y ciudadanos. Muchos de esos procesos e investigaciones se mantienen aún abiertos y otros han sido ya sentenciados.

Solamente con el cambio del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, ocurrido como efecto del referéndum de febrero de 2018, fue posible evaluar a las autoridades y organismos de control, entre ellos, el Consejo de la Judicatura, el ente de administración de la Función Judicial del Ecuador. Los resultados de esta evaluación evidenciaron que este órgano fue el instrumento que el Poder Ejecutivo durante el mandato del ex – presidente Rafael Correa, que utilizó para ejercer presión en los jueces e influir en los procesos y sentencias en los que éste tenía interés. Más de 700 denuncias por injerencia en la justicia evidenciaron arbitrariedad y violaciones a la independencia judicial y la creación de un “régimen de control de forma direccionada para favorecer intereses de otras funciones del Estado”. 30 Por este motivo, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social destituyó 31 a los cinco miembros del Consejo de la Judicatura, pues quedó en claro que apoyó al régimen para cometer abusos a los derechos humanos, entre ellos los casos relativos al 30-S

Por otro lado, una serie de entrevistas concedidas por el señor Carlos Pólit, ex–Contralor General del Estado 32, y una conversación con el ex – presidente de la Asamblea Nacional José Serrano, pusieron en evidencia que el supuesto intento de golpe de Estado, de secuestro y de magnicidio que supuestamente ocurrieron el 30 de septiembre de 2010, fueron un invento del entonces presidente Rafael Correa para posicionar su imagen y lograr ciertos objetivos políticos. Igualmente se reveló la existencia un informe de la Contraloría General del Estado, que señala que Carlos Baca Mancheno, ex-Fiscal General del Estado, y exmiembro de la Comisión para la investigación de los hechos ocurridos el 30 de septiembre de 2010, manipuló videos para así forjar pruebas incriminatorias en contra de ciudadanos que protestaron ese día. Esto evidenció algo ya conocido: que todos los casos judiciales sobre el llamado 30-S fueron levantados alterando los hechos, adulterando y forjando evidencias, violando el debido proceso y presionando a los jueces, quienes en varios casos fueron suspendidos o incluso destituidos por no acatar órdenes transmitidas por el Poder Ejecutivo a través del Consejo de la Judicatura. Además, esto complementó un conjunto de hechos, evidencias, sospechas e inferencias lógicas, que determinaron de manera inequívoca, que jurídica, lógica y políticamente era ya insostenible mantener la posición gubernamental respecto del 30-S.

Necesidad de restituir la credibilidad y dignidad del Estado Ecuatoriano

El cúmulo de evidencia, tanto de los hechos ocurridos el 30 de septiembre de 2010, como de los procesos judiciales y administrativos incoados como efecto de esos hechos, muestran, por un lado, que el denominado 30-S no fue sino un montaje escenificado para justificar la actitud presidencial que primero de forma imprudente y calculada fue a confrontar un grupo de policías descontrolados; y, posteriormente urdió la idea de un golpe de Estado, con lo cual podía justificar su responsabilidad política en el desenlace
Amnistía General a las Victimas de la persecución derivada de los hechos del 30 de Septiembre de 2010 en el Regimiento Quito
Notas:
30  Ver: EL CPCCS-T cesa en funciones a vocales del Consejo de la Judicatura.  Boletín de Prensa Nro. 85 del CPCCS del 4 de junio de 2018. http://www.cpccs.gob.ec/es/el-cpccs-t-cesa-en-funciones-a-vocales-del-consejo-de-la-judicatura/
31  Ídem
32  Ver: entrevista concedidas por el señor Carlos Pólit a los periodistas señores Luis Eduardo Vivanco y Anderson Boscan, del medio informativo La Posta, difundida en tres partes, los días día 18, 19 y 20 de febrero de 2018. Disponibles, respectivamente en:
1) https://www.facebook.com/LaPostaEc/videos/822598984608238/
2) https://www.facebook.com/LaPostaEc/videos/823146257886844/
3) https://www.youtube.com/watch?v=G5clJjw6_zI&feature=youtu.be

Igualmente ver: entrevista concedida por el señor Carlos Pólit al periodistas señor Rafael Cuesta del Canal UNO, el día 18 de febrero de 2018. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=tmKH14uYNf8&t=64s

Fundamentacion al pedido de Amnistia General realizado por el Asambleista Cesar Carrion
sangriento ocurrido ese día. Por otro lado, los procesos judiciales y administrativos que se iniciaros como efecto de esos hechos, han servido al régimen para dar un ficticio realismo a sus montajes políticos. Con personas enjuiciadas y sentenciadas, el régimen de Rafael Correa pudo mantener a flote una invención política que le proporcionó réditos publicitarios, justificativo a la persecución a opositores y pretexto para convocar a un referéndum para controlar la Función Judicial.

Las investigaciones que en las últimas semanas adelanta la Fiscalía General del Estado, están mostrando que hechos clave del denominado 30-S como son las muertes ocurridas ese día, inexplicablemente no han sido objeto de investigación durante el régimen de Rafael Correa, o lo han sido de manera distorsionada. Esto contrasta con el elevado interés de ese régimen por enjuiciar a policías y ciudadanos, con base a pruebas forjadas o deleznables e incluso utilizando testigos falsos. Es aún materia de investigación la alteración de videos en la que habría intervenido el ex Fiscal General del Estado, Carlos Baca Mancheno.

Los hechos descritos en este documento, ponen en evidencia que ya no es posible que el gobierno siga manteniendo como verdaderos los sucesos del denominado 30-S, que fueron manejados por el Presidente de la República, sin cumplir con el régimen legal en materia de seguridad que correspondía aplicar en esos momentos. Tampoco conviene al Estado mantener centenas de procesos judiciales, en primer lugar, basados en términos generales en hechos que el gobierno no ha podido probarlo; y, en segundo lugar, iniciados y tramitados violando al debido proceso, forjando pruebas, presentando testigos falsos. Todo esto no solo que contraviene a la ética pública y los principios básicos de derechos humanos, debido proceso y respeto a la dignidad de las personas; sino que, ha ocasionado sufrimiento en cientos de familias cuyos hijos, esposos, hermanos han sido perseguidos, enjuiciados, encarcelados por los hechos aquí narrados.

En atención a lo señalado, es necesario declarar una amnistía general en favor de todas las víctimas de la persecución que fueron enjuiciadas y sentenciadas por los delitos relacionados con los hechos del 30 de septiembre de 2010, propagandizado como “30-S”. Estos hechos, promovidos en buena parte por el entonces Presidente de la República Rafael Correa Delgado, según se desprenden de las múltiples evidencias con que hoy se cuenta, surgieron de la imprudencia y descoordinación operativa con las que se enfrentó al suceso; y, el afán de figuración y propaganda política, a la que se volcó el régimen.

No puede permitirse que la responsabilidad de esas situaciones se las pretenda atribuir a ciudadanos, policías y miembros de tropa del Ejército, que ese día realizaron una protesta como ocurre en cualquier país democrático; y, menos aún que con la criminalización de sus acciones de protesta, se pretenda justificar y encubrir la responsabilidad administrativa, civil y penal por el desenlace sangriento que tuvo ese día, en el cual ocurrieron cinco asesinatos y centenas de agresiones físicas, incluidas heridas de bala, a ciudadanos ecuatorianos.

De manera paralela, es necesario también que las funciones Ejecutiva y Judicial, investiguen a profundidad todas las eventualidades sucedidas el citado 30 de septiembre de 2010 y determinen si los fallos en materia de seguridad del Estado y seguridad personal del Presidente de la República, fueron deliberados o con alguna finalidad política o delictiva; o, simples hechos de imprudencia o negligencia.  Asimismo, es necesario que se investigue a profundidad a los funcionarios públicos, personal militar, jueces y fiscales que ocultaron información e ignoraron investigar situaciones ilógicas y sospechosas ocurridas ese día, y prefirieron aceptar de manera ciega la tesis gubernamental de que ese día ocurrió un intento de golpe de Estado, de magnicidio y de secuestro al Presidente de la República.

Solamente investigando a fondo y objetivamente las causas y efectos de los hechos aquí analizados, el Estado Ecuatoriano y sus instituciones podrán recuperar la credibilidad y dignidad que le fueran secuestradas por un gobierno que por una década desinstitucionalizó al país, perjudicó de manera masiva a sus bienes y recursos; y, puso por delante los intereses personales y los de sus ideología, relegando los intereses del país.

César Carrión M.
ASAMBLEÍSTA DE LA REPÚBLICA
Dr. Byron Real L.
ASESOR
Byron Real L.
Cesar Carrion
Byron Real L.